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Ayudas noviembre´22

1.      KIT DIGITAL YA TIENE ABIERTAS TODAS SUS CONVOCATORIAS (EMPRESAS ENTRE 0 Y 49 EMPLEADOS) 1. KIT DIGITAL YA TIENE ABIERTAS TODAS SUS CONVOCATORIAS (EMPRESAS ENTRE 0 Y 49 EMPLEADOS)

KIT DIGITAL es un programa de ayudas destinado a la digitalización de empresas de España. Gracias a estas ayudas a fondo perdido podrás dar un paso más en la transformación digital de tu empresa, y añadir nuevas soluciones.  

Según el número de empleados que seáis en la empresa, podría obtener una cuantía:

🔵12.000€ para empresas que tengan entre 10 y 49 empleados 
🔵6.000€ para empresas que tengan entre 3 y 9 empleados
🔵2.000€ para empresas que tengan entre 0 y 2

2.      AYUDAS A LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL INDEFINIDO O FIJO DISCONTINUO 

📅 Fecha de solicitud: del 4 de octubre al 18 de noviembre 2022.

Estas ayudas tienen por objeto subvencionar a empresas y autónomos para la contratación laboral con carácter indefinido o fijo discontinuo de personas en situación de desempleo.

¿Cuál es la cuantía subvencionable?

🔵3.500 € por cada contrato laboral indefinido a jornada completa.

🔵4.500 € cuando la persona contratada tenga una edad igual o mayor a 45 años.

🔵5.500 € si está incluida en los grupos de cotización I a IV de la Seguridad Social o es una persona joven de hasta 30 años.

🔵La cuantía del incentivo se incrementará un 10 % cuando la persona contratada sea mujer o persona discapacitada. 

 

¿Qué requisitos deben tener las contrataciones?

✔️Contrataciones realizadas con fecha de inicio del contrato desde el 1 de abril hasta el 18 de noviembre 2022 (ambos inclusive).

✔️La contratación indefinida o fija discontinua suponga, al menos, un incremento neto de la plantilla fija de la persona o entidad empleadora (El incremento se obtendrá tomado como referencia el periodo de los tres meses anteriores).

✔️ La persona a contratar debe estar dada de alta en la Seguridad Social en una cuenta de cotización en Andalucía.

✔️ El contrato debe ser fijo indefinido o fijo discontinuo, a jornada completa o parcial, de al menos un 50% de la jornada completa.

✔️La contratación YA NO ES NECESARIO QUE SEA a personas en situación de desempleo inscritas como tales ante el SAE en el día anterior al inicio de la actividad laboral.

✔️El contrato laboral deberá mantenerse, en las mismas condiciones, mínimo 12 meses ininterrumpidamente desde la fecha de inicio de la actividad laboral.

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