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Apertura de la convocatoria Pyme Digital 2024

Con fecha 20 de marzo, se informa en el Boletín Oficial de la Provincia (núm. 56 en su anuncio 957/2024) , en la web www.camaracordoba.com, en la sede electrónica de la Cámara de Comercio de Córdoba https://sede.camara.es/sede/cordoba y en el tablón de anuncios de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Córdoba (C/ Pérez de Castro, 1 14003 Córdoba) de la apertura de la convocatoria pública de ayudas para el desarrollo de planes de apoyo de soluciones TIC en el marco del Programa Pyme Digital, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea.

BDNS: 749609

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/749609).

La Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Córdoba informa de la Convocatoria Pública de ayudas para el desarrollo de planes de apoyo de soluciones TIC en el marco del Programa Pyme Digital, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea.

Primero. – Beneficiarios.

Pymes, de la demarcación territorial de la Cámara de Comercio de Córdoba, con una cifra de negocio mínima en el último año de 100.000 euros y que se encuentren dadas de alta en el Censo del IAE en la actividad objeto de subvención antes del 1 de enero de 2022.

Independientemente de los epígrafes del IAE en los que estén dadas de alta, quedan exceptuadas aquellas empresas que operen en la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, así como en la producción primaria de productos de la pesca y acuicultura, de acuerdo con las definiciones recogidas en el art. 2.1 del Reglamento (UE) 2023/2831 de 13 de diciembre de 2023.

A su vez, quedan excluidas de esta convocatoria las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las uniones temporales de empresas (UTE), asociaciones, fundaciones y, en general, las entidades sin ánimo de lucro.

Segundo. – Objeto.

Concesión de ayudas para desarrollar Planes de apoyo de soluciones innovadoras en el marco del Programa Pyme Digital, subvencionados en un 85% a través del Programa Plurirregional de España FEDER 2021-2027 (POPE).

Tercero. – Convocatoria.

El texto completo de esta convocatoria está a disposición de las empresas en la sede electrónica de la Cámara de Comercio de Córdoba https://sede.camara.es/sede/cordoba. Además, puede consultarse a través de la web www.camaracordoba.com.

En dicha dirección podrá descargarse, junto con la convocatoria, la documentación necesaria para realizar la solicitud.

Cuarto. – Cuantía.

La cuantía de las ayudas económicas a otorgar con cargo a esta convocatoria es de 254.660 €.

La cuantía máxima de ayuda por empresa será de 6.366,50 € sobre un presupuesto máximo elegible de 7.490,00 € (7.000,00 € de coste directo + 7% de costes indirectos asociados), que será prefinanciado en su totalidad por la empresa beneficiaria y cofinanciado por FEDER al 85%.

Estas ayudas forman parte de Programa Pyme Digital, cuyo presupuesto máximo de ejecución es de 296.584,06 €, en el marco del Programa Plurirregional de España FEDER 2021-2027 y que incluye los servicios gratuitos de diagnóstico y seguimiento.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes en la referida sede se iniciará a las 09:00h, del día siguiente hábil al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, y tendrá una vigencia de 5 días hábiles desde su apertura, finalizando a las 14:00h del día de su caducidad.

Sexto. Documentación a presentar por sede electrónica.

Junto con la solicitud de participación que rellenará directamente al acceder a la sede electrónica https://sede.camara.es/sede/cordoba/ (es el único medio de presentación) ha de presentar obligatoriamente (cada documento aportado debe tener un peso máximo de 4 MB para que pueda “subirlo”) para poder cursar su solicitud los siguientes documentos :

Declaración responsable del cumplimiento de las condiciones de participación (según Anexo II de esta convocatoria)

Declaración anual de IVA del último año finalizado. En el caso de no poder aportarla, se deberá aportar cualquier otro documento oficial, del último año disponible, en el que pueda comprobarse el cumplimiento de la facturación requerida.

DNI del solicitante (en caso de persona física) o DNI del firmante de la solicitud con poderes suficientes (en caso de persona jurídica).

En el caso de personas jurídicas:Poder de representación de la persona que presenta la solicitud (la persona firmante deberá tener la condición de representante legal de la empresa).

Tarjeta de Identificación Fiscal de la empresa.

Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, solicitados con la modalidad de la ley de subvenciones.

Para pymes que soliciten la Fase de Implantación del programa y cuenten con un informe de asesoramiento en la incorporación de las TIC en las Pymes de otro programa, se deberá adjuntar copia de la convocatoria, así como copia del informe de asesoramiento en la incorporación de las TIC en las Pymes. Si se estimase que el informe no cumple con los requisitos establecidos en la convocatoria para poder ser admitido directamente a Fase de Implantación, se valoraría la admisión de la empresa en Fase I + Fase II de Implantación.

MUY IMPORTANTE: Los campos y documentos enumerados anteriormente y que le aparecerán en la solicitud son de cumplimentación y entrega obligatoria en la presentación INICIAL de la solicitud. En caso de no adjuntarse, la sede no le permitirá avanzar y culminar la presentación.

El procedimiento de elección de beneficiarios, cumpliendo los requisitos que marca la convocatoria, será por SORTEO ante notario por lo que insistimos en que se tome su tiempo (la recepción de solicitudes va del 21 de marzo a las 09:00 horas hasta el 27 de marzo a las 14:00 horas) para presentar TODA la documentación correctamente (en caso de solicitudes duplicadas se tomará en cuenta la primera solicitud presentada).

Séptimo. Anexos

La convocatoria de ayudas, el convenio DECA empresa beneficiaria – Cámara y su anexo, la declaración responsable de la empresa solicitante, la dirección de entrega (en exclusiva a través de la sede electrónica), la descripción del programa y las condiciones de participación y tipología y justificación de gastos pueden descargarse en archivos adjuntos, estando disponible a su vez en el tablón de anuncios de la Cámara.

Convocatoria de ayudas

Anexo I Descripción del programa Pyme Digital

Anexo II Declaración responsable empresa solicitante

Anexo III Convenio DECA empresa beneficiaria – Cámara

Anexo IV Anexo del convenio DECA «Plazo de ejecución y condiciones de elegibilidad»

Anexo V Tipología y justificación de gastos elegibles fase de ayudas del programa

Guía de usuario sobre la definición de pyme según UE como ayuda para completar el anexo II (declaración responsable)

Vídeo explicativo de la presentación de la documentación por sede electrónica

Acceso a la descarga del aplicativo autofirma para firmar la documentación presentada por sede electrónica

Anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia

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